*Santo Domingo, RD.* -El Tribunal Superior Electoral puso en circulación la obra “Jurisprudencia del Tribunal Superior Electoral 2019-2020”, una recopilación de los principales razonamientos de la jurisdicción electoral dominicana sobre asuntos contenciosos electorales.
En las palabras de bienvenida a la puesta en circulación, el juez presidente del TSE, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, quien manifestó: “El Tribunal Superior Electoral, con esta tesis reconoce la jurisprudencia como fuente del derecho en sentido general y lo electoral no es ni debe ser la excepción. Ella sirve para fortalecer el régimen democrático, al contribuir a establecer los presupuestos de la convivencia democrática, así como los principios y reglas que deben regir los certámenes electorales. Es fuente en la medida en que se considera un poder social dentro del ordenamiento jurídico al que se le reconoce la prerrogativa de producir normas jurídicas”.
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Camacho Hidalgo destacó que este libro representa un primer eslabón, que procura convertirse en una línea editorial llamada a ser fuente de consulta para la comunidad nacional e internacional cuando corresponda ofrecer solución a conflictos electorales o consultar razonamientos para ser incluidos en debates políticos y académicos.
Los autores analizan los criterios jurisprudenciales adoptado por el TSE en los años 2019-2020 que identifican cuales de ellas fueron recurridas ante el Tribunal Constitucional.
La edición tiene una importante trascendencia porque las decisiones tomadas en ese período aplicaron por primera vez la Ley 33-18 de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas y la entonces Ley Orgánica del Régimen Electoral, hoy reformada y convertida en la Ley número 20-23.
La Recopilación presenta un indicie organizado de manera alfabética y a su vez está segmentada en los grandes tremas abordado por los el Máximo Órgano Contencioso Electoral.
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El principal objetivo de la publicación es para poner en conocimiento al público de las decisiones que emite el TSE, decisiones que han ido moldeando el Derecho Electoral Dominicano y además pretende favorecer el diálogo Electoral entre operadores jurídicos, políticos, académicos, periodistas y la ciudadanía en sentido general.
Los autores Karina Noelia Espinal Ovalle, abogada ayudante de la Dirección Contenciosa Electoral, del Tribunal Superior Electoral y Juan Emilio Ulloa, abogado ayudante de la presidencia de la Junta Central Electoral, analizaron las deciones del TSE durante dos años.
**Santo Domingo,* – El Tribunal Superior Electoral aplazó para el día 11 de octubre del presente año, el conocimiento de la “Demanda en nulidad de precandidaturas a diputadas por la Circunscripción No. 6 Santo Domingo Norte”.
La demanda fue interpuesta por los ciudadanos Esteban Mella Gómez y María Lantigua Álvarez, contra Carmen Cira Mejía Oviedo; Marelis Luisa Chalas Velásquez y el Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Fue aplazada para que la Secretaría del Tribunal solicite a la JCE el historial del documento de identidad de la señora Carmen Cira Mejía Oviedo.
Además, se ordenó una comunicación recíproca de documentos para que las partes depositen los documentos que se propongan hacer valer en el proceso.
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El Tribunal, compuesto por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo (presidente); Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández, también aplazó para la misma fecha la “Impugnación contra la resolución No. 45-2023, de fecha 15 de agosto del 2023, emitida por la Junta Central Electoral que rechaza el recurso de reconsideración contra la resolución No. 36-2023”.
En este segundo caso, la parte demandante es el Movimiento Igualdad del Distrito Nacional (MIDIN), de quien el señor Mónico Antonio Sosa Ureña es su presidente y José Gregorio Batista Vargas secretario de Asuntos Electorales. La parte accionada es la Junta Central Electoral.
En una tercera audiencia, una “Acción de Amparo” interpuesta por los señores Herminio Cabrera; Iván Cabrera Durán; Yelina Cabrera Durán y Juan Carlos Cabrera Durán contra la Junta Central Electoral (JCE), fue cancelado el rol ante la incomparecencia de las partes.
La empresa operaba sin los debidos permisos ambientales, provocando daños ambientales en la zona
Redacciontraslaverdad
SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Por daños y violaciones ambientales, la Procuraduría Especializada para la Protección del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren) paralizó las operaciones del proyecto turístico Blu Terrenas.
La empresa DACC EVVESTMENT BLU, S.R.L., que construye el proyecto turístico sin los debidos permisos ambientales, realizó excavaciones y cortes de árboles, afectando los humedales en la zona y el manto freático.
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Amparada en una orden de allanamiento y por denuncias recibidas de sectores preocupados por el medio ambiente, la Proedemaren intervino las instalaciones de este proyecto turístico, nombrado Blu Terrenas, donde se encuentran, además, instaladas una planta de trituración y proceso de materiales, así como una hormigonera, las cuales tampoco cuentan con los debidos permisos.
La empresa intervenida por la Proedemaren está representada por el señor Vencenzo Odoguardi, el cual fue formalmente citado a los fines de que responda por las violaciones ambientales contenidas en los artículos 8, 40, 174, 175.1 y 183 de la Ley 64-00 sobre el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, además de los artículos 66.2 y 67.1 de la Constitución de la República Dominicana.
La Proedemaren, mediante acta de inspección de fecha 7 de septiembre de 2023, ordenó la paralización de los trabajos en virtud de lo que dicta la Ley 64-00 sobre el Medio Ambiente y los Recursos Naturales.
*Santo Domingo.* – El Tribunal Superior Electoral (TSE) dejó en estado de fallo reservado el “Recurso de Revisión” incoado por David Ovalles Torres, presidente del Movimiento Comunitario Político “Nosotros Pa’ Cuándo”, contra la señora Verónica Pereyra.
El Tribunal, compuesto por el juez presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo; y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz, otorgó un plazo de cinco días a ambas partes para que depositen sus respectivos escritos de fundamentación de sus conclusiones. Vencido dicho plazo, el expediente queda en estado de ser fallado Para dictar el dispositivo, el Tribunal dispone de cinco días y a partir de ahí, diez para motivar su sentencia.
*Otras Decisiones*
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En otras audiencias del jueves 21 de septiembre, el Tribunal Superior Electoral emitió dos sentencias adicionales: Libró acta del desistimiento respecto a la “Demanda de nulidad contra la reserva de candidatura para director de la Junta Municipal de Mamá Tingó, municipio de Yamasá, provincia de Monte”, realizado por el demandante, señor José Dolores Trinidad Doñé. Declaró el proceso libre de costas por la naturaleza de la materia de que se trata y ordenó el archivo definitivo del expediente en el cual, el demandado era el Partido Revolucionario Moderno (PRM)
Por último, el Tribunal Superior Electoral fijó para el 29 de septiembre el conocimiento de la “Demanda en nulidad de precandidatura a diputado por la Circunscripción No. 6 Santo Domingo Norte”.
Este aplazamiento fue para que las partes agoten una comunicación recíproca de documentos y la secretaría del tribunal solicite el historial de las cédulas de identidad de las señoras Carmen Sira Mejía Oviedo y Marelis Luisa Chalas Velásquez, quienes son la parte demandada en este proceso. Los demandantes son los ciudadanos Esteban Mella Gómez y María Lantigua Álvarez.