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Justicia

Juez otorga 15 días a DGII para escrito justificativo en liquidación de astreinte por 524 millones de pesos

 

Redaccióntraslaverdad
La juez de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, otorgó un plazo 15 días para escrito justificativo a la Dirección General de Impuestos Internos DGII en la liquidación del astreinte por 524 millones 100 mil pesos en favor del abogado Ramon Emilio Concepción, por incumplir una sentencia del Tribunal Constitucional.

La magistrada Nidia Victoria Jorge Taveras, para abocarse a conocer el fondo del proceso rechazó el pedimento del Ministerio Público que buscaba el aplazamiento de la audiencia y conminó a las partes a concluir el fondo.

La jueza otorgó además 10 días para la réplica y contra replica de las partes.

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El abogado Ramon Emilio Concepción, calificó como una lástima que el Ministerio Público, que está obligado por mandato constitucional a hacer ejecutar las sentencias del Tribunal Constitucional, acudió a la audiencia a dar un espectáculo, pidiendo un aplazamiento a pesar de que las instituciones estaban debidamente citadas cuando el Estado está comprometido.

Ellos pensaron que por venir un nuevo abogado se podría alegar violación al derecho de defensa”, planteamiento que fue rechazado Pues este es un proceso que solo es para liquidar el astreinte.

En su desacato a la decisión del máximo tribunal del país, la DGII prefirió interponer una demanda de interpretación de sentencia del Tribunal Constitucional ante un tribunal de menor grado, para dilatar el pago del astreinte (sanción económica), pero somos de opinión que a la DGII le llegó la hora de tener que pagar ese monto, por una decisión que adquirió la categoría de la cosa irrevocablemente juzgada.

La DGII figura en la relación que el Tribunal Constitucional remitió al consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, entre las de instituciones del gobierno que incumplen las decisiones del más alto tribunal.

El Tribunal Constitucional declinó ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, única y exclusivamente para su liquidación, sin embargo, ahora trata de revisar una sentencia del más alto tribunal.

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La sentencia es la número 0358/09 que tiene la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, más el aspecto vinculante que tienen todas las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional..

“Están pretendiendo que un juez de primera instancia anule dos sentencias que ya dictó el Tribunal Constitucional, lo que sería romper el Estado de Derecho, el principio de legalidad y empezar una especie de autoritarismo legal en la República Dominicana, eso es un terrorismo judicial”.

El Tribunal Constitucional ordenó a la DGII levantar el impedimento que pesaba sobre los inmuebles mencionados; lo hicieron en enero del 2021, cuando ya era definitiva la decisión del 2009, por efecto de la sentencia que dictó el Tribunal Constitucional en agosto del 2020 y no pagaron el astreinte que le fue impuesto.

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Justicia

Tribunal Superior Electoral aplaza audiencia sobre demanda en nulidad de precandidaturas a diputadas

**Santo Domingo,* – El Tribunal Superior Electoral aplazó para el día 11 de octubre del presente año, el conocimiento de la “Demanda en nulidad de precandidaturas a diputadas por la Circunscripción No. 6 Santo Domingo Norte”.

La demanda fue interpuesta por los ciudadanos Esteban Mella Gómez y María Lantigua Álvarez, contra Carmen Cira Mejía Oviedo; Marelis Luisa Chalas Velásquez y el Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Fue aplazada para que la Secretaría del Tribunal solicite a la JCE el historial del documento de identidad de la señora Carmen Cira Mejía Oviedo.

Además, se ordenó una comunicación recíproca de documentos para que las partes depositen los documentos que se propongan hacer valer en el proceso.

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El Tribunal, compuesto por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo (presidente); Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández, también aplazó para la misma fecha la “Impugnación contra la resolución No. 45-2023, de fecha 15 de agosto del 2023, emitida por la Junta Central Electoral que rechaza el recurso de reconsideración contra la resolución No. 36-2023”.

En este segundo caso, la parte demandante es el Movimiento Igualdad del Distrito Nacional (MIDIN), de quien el señor Mónico Antonio Sosa Ureña es su presidente y José Gregorio Batista Vargas secretario de Asuntos Electorales. La parte accionada es la Junta Central Electoral.

En una tercera audiencia, una “Acción de Amparo” interpuesta por los señores Herminio Cabrera; Iván Cabrera Durán; Yelina Cabrera Durán y Juan Carlos Cabrera Durán contra la Junta Central Electoral (JCE), fue cancelado el rol ante la incomparecencia de las partes.

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Justicia

Proedemaren paraliza operaciones en proyecto turístico Blue Terrenas

La empresa operaba sin los debidos permisos ambientales, provocando daños ambientales en la zona

 

Redacciontraslaverdad

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Por daños y violaciones ambientales, la Procuraduría Especializada para la Protección del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren) paralizó las operaciones del proyecto turístico Blu Terrenas.

La empresa DACC EVVESTMENT BLU, S.R.L., que construye el proyecto turístico sin los debidos permisos ambientales, realizó excavaciones y cortes de árboles, afectando los humedales en la zona y el manto freático.

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Amparada en una orden de allanamiento y por denuncias recibidas de sectores preocupados por el medio ambiente, la Proedemaren intervino las instalaciones de este proyecto turístico, nombrado Blu Terrenas, donde se encuentran, además, instaladas una planta de trituración y proceso de materiales, así como una hormigonera, las cuales tampoco cuentan con los debidos permisos.

La empresa intervenida por la Proedemaren está representada por el señor Vencenzo Odoguardi, el cual fue formalmente citado a los fines de que responda por las violaciones ambientales contenidas en los artículos 8, 40, 174, 175.1 y 183 de la Ley 64-00 sobre el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, además de los artículos 66.2 y 67.1 de la Constitución de la República Dominicana.

La Proedemaren, mediante acta de inspección de fecha 7 de septiembre de 2023, ordenó la paralización de los trabajos en virtud de lo que dicta la Ley 64-00 sobre el Medio Ambiente y los Recursos Naturales.

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Justicia

Tribunal Superior Electoral deja en estado de fallo reservado “Recurso de Revisión”.

Redaccióntraslaverdad

*Santo Domingo.* – El Tribunal Superior Electoral (TSE) dejó en estado de fallo reservado el “Recurso de Revisión” incoado por David Ovalles Torres, presidente del Movimiento Comunitario Político “Nosotros Pa’ Cuándo”, contra la señora Verónica Pereyra.

El Tribunal, compuesto por el juez presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo; y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz, otorgó un plazo de cinco días a ambas partes para que depositen sus respectivos escritos de fundamentación de sus conclusiones. Vencido dicho plazo, el expediente queda en estado de ser fallado Para dictar el dispositivo, el Tribunal dispone de cinco días y a partir de ahí, diez para motivar su sentencia.

*Otras Decisiones*

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En otras audiencias del jueves 21 de septiembre, el Tribunal Superior Electoral emitió dos sentencias adicionales: Libró acta del desistimiento respecto a la “Demanda de nulidad contra la reserva de candidatura para director de la Junta Municipal de Mamá Tingó, municipio de Yamasá, provincia de Monte”, realizado por el demandante, señor José Dolores Trinidad Doñé. Declaró el proceso libre de costas por la naturaleza de la materia de que se trata y ordenó el archivo definitivo del expediente en el cual, el demandado era el Partido Revolucionario Moderno (PRM)

Por último, el Tribunal Superior Electoral fijó para el 29 de septiembre el conocimiento de la “Demanda en nulidad de precandidatura a diputado por la Circunscripción No. 6 Santo Domingo Norte”.

Este aplazamiento fue para que las partes agoten una comunicación recíproca de documentos y la secretaría del tribunal solicite el historial de las cédulas de identidad de las señoras Carmen Sira Mejía Oviedo y Marelis Luisa Chalas Velásquez, quienes son la parte demandada en este proceso. Los demandantes son los ciudadanos Esteban Mella Gómez y María Lantigua Álvarez.

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