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*Junior Solano.*
*Trabajo, Cercanía, Compromiso.*
La *Ley 176-07* establece entre las atribuciones del Concejo Municipal la aprobación de reglamentos y ordenanzas municipales, así como decisiones relacionadas con el presupuesto, los planes de desarrollo, el ordenamiento territorial y otros asuntos fundamentales para la vida municipal.
Esto significa que el regidor participa en decisiones que establecen cómo debe funcionar una parte importante de la vida de nuestra ciudad capital, Distrito Nacional.
Pero normar no debe convertirse en legislar desde un escritorio de la Sala Capitular, alejado de la realidad.
Las normas municipales deben responder a necesidades reales.
Si una comunidad, barrio o sector, enfrenta un problema, debemos preguntarnos:
●¿Qué podemos hacer desde nuestras competencias?,
●¿Hace falta una ordenanza?,
●¿Hace falta modificar una regulación?,
●¿Hace falta incorporar una partida presupuestaria?,
●¿Hace falta crear un programa?,
●¿Hace falta mejorar un servicio?,
●¿Hace falta fiscalizar que una decisión ya aprobada realmente se cumpla?.
Ese es el sentido que quiero darle a la función normativa: convertir las necesidades de la comunidad en propuestas y decisiones municipales que puedan producir soluciones.

